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Biografía
Luis es Asociado Senior del Área Fiscal Gómez-Acebo & Pombo.
Tiene una amplia experiencia en el asesoramiento sobre el régimen de consolidación fiscal y reestructuración de grupos familiares y multinacionales. Tiene una sólida experiencia en procesos de clientes privados / gestión de patrimonios e inspección fiscal.
Está especializado en el asesoramiento en operaciones de fusiones y adquisiciones y reestructuraciones para fondos de capital riesgo, grupos familiares y multinacionales. Asimismo, asesora a entidades de capital riesgo y de capital inversión en la estructuración de sus fondos y plataformas de inversión, como parte del equipo totalmente integrado de Fund Formation del GA_P. Asimismo, asesora a grupos familiares en sus estrategias patrimoniales y sucesorias, incluyendo casos complejos con componente internacional.
Es licenciado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Abat Oliba CEU (2011); Máster Executive en Derecho Empresarial por el Centro de Estudios Garrigues (2012); Módulo de Especialización en Fiscalidad Internacional por el Centro de Estudios Financieros (2014).
Adicionalmente, es profesor asociado en la Universidad de Barcelona desde 2017 en la asignatura «Fiscalidad Empresarial» así como tutor de Trabajos Fin de Grado y Máster en materia tributaria y en la Universidad Internacional de Cataluña desde 2021 en la asignatura «Fiscalidad Empresarial».
Luis ha participado como autor en varias publicaciones jurídicas especializadas y es profesor en la Universidad de Barcelona.
Entidades y asociaciones profesionales de las que es miembro
Colegiado n.º 36906 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona
Idiomas
Español
Inglés
Catalán
La DGT determina que «los motivos económicos válidos no constituyen un requisito sine qua non para la aplicación del régimen fiscal de reestructuración», de forma que su ausencia únicamente «constituye una presunción de que la operación puede haberse realizado con el objetivo principal de fraude o evasión fiscal».
Extracto de las principales novedades tributarias, a la vista de la última jurisprudencia y doctrina administrativa.
La Audiencia Nacional determina que las ganancias patrimoniales que suponen incorporaciones de bienes o derechos al patrimonio del contribuyente no vinculadas a una enajenación estarán incluidas en el ámbito de aplicación del artículo 21 y no del artículo 13.1 del Modelo de Convenio de la OCDE y del CDI.